Caso Omega – Por: Henry Pérez

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Análisis Jurídico

Medida de coerción: Entiendo como jurista que la medida puesta al artista de merengue urbano, Peter de la Rosa (Omega), no fue justa, en vista de que estamos frente a una persona conflitiva y que ha tenido varios proceso judiciales, tanto como, violencia intrafamiliar, golpes y heridas que lo mantuvieron preso por varios años, al tanto que se le ha favorecido hasta con el perdón judicial y no cambia su conducta.

Tenemos que tener en cuenta que el artículo 226 del Código Procesal Penal establece las 7 causales de medidas que se le debe de poner a una persona.

De esa 7 medidas, considero que la que más se ajusta a éste imputado se encuentra establecida en el numeral 7 del artículo 226 que consiste en prisión preventiva, ya que ha diario vemos a este ciudadano dominicano cometiendo hecho bochornoso.

Vimos a Omega sacar una pistola a un chofer de carro de concho en plena vía pública. En otra ocasión podemos verlo en otras acciones.

Vamos a darle la gracias a Dios que pudo ser grabado, sabra Dios los otros hecho que ha cometido a escondida .

Creo que las medidas 1 y 4 del artículo 226 que es presentación periódica, garantía económica e impedimento de salida no garantiza nada, ya que el 8 de marzo de este mismo año terminó de firmar el proceso anterior en el cual estuvo preso y luego firmando, y vemos como no termina un proceso y sigue haciendo de la de é.

Prision preventiva era la justa.

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laprensard

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